Mi socio se lleva los clientes a otra empresa: cómo actuar
Qué revisar ante el desvío de clientes: funciones del socio, deberes de lealtad, pacto de no competencia, prueba y posibles actuaciones.
Si un socio empieza a trabajar con clientes de la sociedad desde otra empresa, hay que identificar la conducta y los deberes que le correspondían. El cambio de proveedor de un cliente no demuestra, por sí solo, un desvío ilícito de negocio.
La posición del socio determina el análisis
Comprueba si también es administrador, trabajador o prestador de servicios. El administrador tiene deberes de lealtad y un régimen de conflictos de interés. Una cláusula de no competencia o confidencialidad necesita revisar alcance, validez y duración.
También puede ser relevante la normativa sobre competencia desleal según los hechos. No todas las actuaciones comerciales discutibles se encuadran en la misma acción ni protegen el mismo interés.
Documentar operaciones y perjuicios
Conserva contratos, facturación, comunicaciones y movimientos de actividad a los que tengas acceso legítimo. Identifica clientes, fechas, servicios y operaciones concretas. Evita acceder a cuentas ajenas o obtener información por medios irregulares.
Ejemplo hipotético: un administrador ofrece el mismo servicio mediante una sociedad propia utilizando información comercial de la empresa que gestiona. Habría que comprobar deberes, autorizaciones, operaciones y perjuicio con documentación, además de la coincidencia de actividad.
Elegir a quién corresponde reclamar
Si la pérdida la sufre la sociedad, debe distinguirse de un daño directo al socio. Esa cuestión influye en legitimación y destino de una eventual indemnización. Según el riesgo pueden valorarse requerimientos, actuaciones societarias y medidas cautelares con sus requisitos.
Prepara una cronología y separa lo que puedes acreditar de lo que sospechas. El primer análisis debe concretar qué se ha desviado, quién actuó y qué derecho se busca proteger, antes de calcular una reclamación o formular acusaciones.
Fuentes jurídicas
artículos 227 a 232 LSC y Ley de Competencia Desleal. y Consultar fuente Consultar fuente