Préstamo convertible para una startup: qué revisar antes de firmar
Vencimiento, intereses, conversión, descuento y dilución. Qué condiciones deben entender fundador e inversor en una financiación convertible.
Un préstamo convertible aporta financiación que puede transformarse en capital bajo condiciones pactadas. Antes de firmarlo, fundador e inversor necesitan entender cuándo se convierte, cómo se calcula la participación y qué ocurre si no llega la ronda prevista.
Definir el supuesto de conversión
Comprueba qué operación activa la conversión, qué importe mínimo se exige y si depende de decisiones posteriores. Descuento, límite de valoración e intereses necesitan reglas de cálculo y coordinación; no debe asumirse que todos se acumulan automáticamente.
La conversión también requiere actos societarios y condiciones legales. La firma del préstamo no sustituye los requisitos de una ampliación mediante compensación de créditos cuando esa sea la estructura elegida.
Vencimiento sin nueva inversión
El contrato debe explicar devolución, prórroga o alternativas si no hay ronda. Examina intereses, garantías, incumplimientos y quién puede decidir un cambio. El riesgo financiero puede continuar aunque el negocio no alcance la valoración esperada.
Ejemplo hipotético: llega el vencimiento y no existe una operación que cumpla las condiciones de conversión. Hay que aplicar el mecanismo previsto y valorar la situación de pago; no puede darse por convertida la deuda por simple expectativa.
Calcular participación y control
Utiliza una tabla de capital que incluya varios préstamos, intereses y opciones cuando proceda. Compara escenarios para conocer la dilución potencial y la relación con una futura inversión. Préstamo participativo y convertible no son sinónimos, aunque puedan combinar ciertas características.
Para la consulta, prepara contrato, estatutos, capital actual y financiación previa. El análisis debe conectar condiciones financieras, actos societarios y consecuencias sobre el control, además del dinero disponible hoy.
Fuentes jurídicas
LSC sobre aumentos de capital y compensación de créditos, especialmente artículo 301; Código Civil sobre contratos. y Consultar fuente Consultar fuente